NOTA: Los Directores y las Comisiones de Cuadro de Distribución de Horas Pedagógicas de las Instituciones Educativas deben regularizar URGENTE, en un plazo de 24 Hrs, su incumplimiento será pasible a lo establecido en el Art. 203.2 del D.S. N° 004-2013- MINEDU, Reglamento de la Ley N° 29944 Ley de Reforma Magisterial y su Modificatoria Ley N° 30541 y D.S. N° 005-2017-MINEDU. (FECHA IMPRORROGABLE).